martes, 11 de febrero de 2014

Reforma de Transparencia… Un reto de ética pública





La historia del servicio público en nuestro país ha estado sumida en la corrupción, el tráfico de influencias y la arrogancia de las oficinas gubernamentales, lo cual ha mermado el funcionamiento de las instituciones y ha repercutido de manera directa en el declive de nuestros niveles de competitividad y atracción de inversiones.

 

Norberto Bobbio, Sostiene que la democracia no ha logrado eliminar el “poder invisible”, es decir, el gobierno democrático no conduce necesariamente a la transparencia del poder, como lo demuestran las experiencias italiana y mexicana, que han padecido sistemáticamente la complicidad del poder político y el crimen organizado.

 

El mismo ideal se aprecia ahora en la importancia que concedemos a la opinión pública y a los medios de comunicación, pues representan mecanismos modernos para deliberar los asuntos públicos y vigilar el poder a través de lo que Bobbio califica como “el escándalo”, que no es más que la publicación de casos de corrupción y crimen que castigan la reputación de los que cometen tal o cual ilegalidad.

 

Sin embargo esta denostación pública de la ética del funcionario que comete una irregularidad o delito, es elemento necesario, pero no suficiente, se requiere de un entramado legal e institucional sólido para hacer del buen ejercicio del poder, una práctica que no solo genere la satisfacción del deber cumplido, sino una también que tenga la capacidad de sancionar al nivel que amerita la mala administración de los recursos de todos los contribuyentes.

 

Nuestra Constitución Política, establece como derecho y garantía individual en su artículo 6to. el acceso a la información, el cual en teoría  favorece la transparencia en el gobierno y la rendición de cuentas de todos los servidores públicos, lo cual tiende a mejorar la eficiencia de las instituciones federales y la calidad de sus servicios.

A partir del 12 de junio del 2003, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental obliga a todas las dependencias y entidades del gobierno federal a dar acceso a la información contenida en sus documentos, respecto, entre otras cosas, a su forma de trabajo, al uso de los recursos públicos, sus resultados y desempeño.

Sin embargo en el transcurrir de los años se ha demostrado que el conglomerado institucional y legal en esta materia es necesariamente perfectible; la falta de mecanismos sancionadores, la autonomía y capacidad de acción del organismo regulador y las limitaciones para determinar sujetos obligados, han vislumbrado la exigencia de nuevos caminos para fortalecer las disposiciones en la materia.

La reforma de transparencia promulgada por el presidente Enrique Peña Nieto y aprobada por el Congreso de la Unión, establece nuevas medidas para fortalecer la rendición de cuentas de las instituciones que reciben recursos públicos, los principales componentes de esta Reforma Constitucional se pueden ubicar en tres apartados:

Primero: El fortalecimiento del derecho de acceso a la información pública.

Con la Reforma se amplía el universo de sujetos obligados, al incluir a nuevas personas físicas y morales, entidades, organismos y dependencias.

Segundo: La creación de nuevas y más sólidas instituciones de transparencia.

Se consolida un nuevo órgano garante de la transparencia y el acceso a la información pública. Se trata de una institución con autonomía constitucional, para hacer que prevalezca el interés general de los mexicanos por encima de presiones, influencias o consideraciones particulares, cuyas determinaciones serán definitivas e inatacables, salvo en casos que pongan en riesgo la seguridad nacional, resaltó.

Además la Reforma sienta las bases para crear organismos locales autónomos, garantes del derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales en las 32 entidades federativas”

Tercero: Se establecen nuevas facultades para el organismo garante nacional. Esta nueva institución tendrá, más facultades y posibilidades de atracción y sanción.

Entre otros temas, la reforma también contempla que serán sujetos obligados; cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad con el ámbito federal, estatal y municipal.

Por supuesto que para llevar a buen puerto un proceso como el aquí expuesto, tanto gobiernos, como ciudadanía deben participar, como dos polos de la rendición de cuentas; si únicamente se tratara de reformar, adicionar o lanzar nuevas leyes e instituciones para instrumentarlas, no haría falta apelar a la participación de la sociedad; pero en virtud de que se trata de un proceso esencialmente democrático, sin la presencia de un ciudadano que exige cuentas a su gobierno; el proceso se convierte en un conjunto de buenos deseos.

 

Comentémoslo en twitter; @jorgeivand

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