lunes, 1 de octubre de 2012

¿Cómo quedó la reforma laboral?

En mi columna de la semana pasada puse a su consideración un análisis político de la reforma laboral presentada por el Ejecutivo Federal con carácter de preferente al Congreso de la Unión, en esta ocasión me remitiré a describir los puntos que la Comisión de Trabajo y Previsión social de la Cámara de Diputados dictaminaron para su revisión, análisis y resolución de la Cámara de Senadores.

Lo anterior lo resumo en 7 puntos:

1.- Se adicionó el artículo 39 de la Ley Federal del Trabajo referente a la “duración de las relaciones laborales”.Se estableció que los periodos de prueban alcanzarán una máximo de 180 días (3 meses) para cargos directivos y 30 días (1 mes) para trabajadores. Se establece que de no acreditar la competencia del trabajador, se dará por terminada la relación de trabajo, sin ningún tipo de responsabilidad social o laboral del patrón, sólo se le pagara las prestaciones devengadas por el periodo de prueba. Se generara antigüedad en caso de crearse una relación de trabajo.

2.- Se fijó una cuota de 3 meses para que el trabajador, de reciente ingreso, adquiera los conocimientos o habilidades para desempeñar su actividad. De no ser contratado, no hay responsabilidad legal del patrón para indemnizarlo con 3 meses de sueldo (como actualmente ocurre).

Al mismo artículo, se adicionó que ningún trabajador podrá recibir un pago menor “al que corresponda a una jornada”. Es decir que si tomamos como ejemplo el salario mínimo del centro del país que es de 62.33 pesos, el monto por hora tendrá que ser mayor a dicha cantidad. Actualmente la LFT dice en su Art. 83; El salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera.

3.- Se modifica el artículo 47, Fracción XV, sobre causales de la “rescisión de las relaciones de trabajo” en la que propone notificar el despido del empleado de manera personal, en la Junta Local o por correo certificado, dentro de los primeros 5 días de ocurrido.

4.- Se aprobó una adición al artículo 15, para las empresas que ejecutan obras y servicios en forma exclusiva o para otros "outsourcing". Se establecen límites a la responsabilidad solidaria que tienen los contratantes de las "outsourcings".

5.- En el rubro de prestaciones laborales solo se registró el rubro de la "licencia por paternidad" Se modificó la propuesta de Felipe Calderón de 10 días y se redujo a 3 con goce de sueldo, por nacimiento de hijos y adopción.

6.- En materia de procesos judiciales, se limita la generación de salarios vencidos por despido injustificado de un año, se establece además que se pagará 2% de interés mensual, capitalizable al momento del pago. Anteriormente la ley establecía que si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese sido la acción intentada, a que se le paguen los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta que se cumplimente el laudo.

7.- La propuesta de democratización y transparencia en la vida sindical propuesta por el ejecutivo, no tuvo éxito con la argumentación de los diputados del PRI, PVEM, PANAL de la violación a la autonomía de dichos gremios.

Ahora toca al Senado en un periodo de 30 días aprobar dicha reforma para que entre en vigor a partir del próximo año, aunque se prevé, no habrá modificaciones significativas y la reforma en materia laboral, quedará en los términos antes expuestos.

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